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Se realizó una Jornada de Derecho Canónico en el Poder Judicial de la Provincia


Se desarrolló el pasado miércoles una Jornada de Derecho Canónico organizada de manera conjunta por el Arzobispado de Corrientes y el Poder Judicial de la Provincia. Además de aspectos históricos trascedentes de la legislación que rige la Iglesia Católica, se plantearon aspectos referidos a los actuales procesos de nulidad matrimonial. Las disertaciones se dieron ante un colmado auditorio. Se contó con la presencia de monseñor Andrés Stanovnik, el presidente del STJ, doctor Guillermo Horacio Semhan, y el Ministro doctor Fernando Augusto Niz.

La jornada se concretó en el Salón Auditorio del Área de Capacitación del Poder Judicial y fue organizada en el marco del Programa Justicia y Sociedad Civil. Fueron disertantes, además del Arzobispo, el Vicario Judicial y Presidente del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano, presbítero licenciado Mario Benito González; la Defensora del Vínculo del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano, abogada licenciada María Judith Ruesjas, y el Miembro del Tribunal Judicial Diocesano, y ex Juez del Juzgado de Instrucción Nº 3, doctor Luis Osvaldo Cochia.

Al iniciar la jornada, y a modo de bienvenida, el doctor Semhan destacó la relevancia de la actividad, que por primera vez reflexionó sobre las nuevas normas que regulan el proceso de nulidad matrimonial, sus dudas, sus certezas y sus normas.

Sostuvo que esa reforma colocaba a los fieles de América Latina y Oriente medio en el centro de la Pastoral y a los Obispos a su servicio. “El Papa dicta la norma universal en su carácter de sumo Pontífice Romano estudiada y analizada por la Asamblea del año 2015, bajo los principios de economía, concentración, inmediatez, solucionando los problemas de las familias que atraviesan situaciones difíciles, reglando un proceso rápido y sencillo” manifestó el presidente del STJ al presentar la Jornada.
Recordó que el juez competente era el del lugar de celebración del acto o domicilio de las partes, en los que estas pueden ofrecer y producir pruebas, alegatos y sentencias.

Luego fue el turno de monseñor Stanovnik. Durante su alocución repasó algunos conceptos generales sobre qué es la Iglesia, señalando que “un corpus legislativo se entiende en tanto conozcamos al sujeto al cual sirve y del cual se beneficia”, se explayó después en algunos “criterios básicos que orientan la reforma en la Iglesia –dado que ésta es una realidad en continua transformación y, en consecuencia, también su legislación está sometida a un proceso permanente de modificación–, y para evitar el preconcepto de conservadurismo y rigidez, que suele acompañar la comprensión que tenemos de la misma”. A continuación, y en el contexto de lo que se plateó la naturaleza de la Iglesia, ubicó “el Código actual como el principal documento legislativo de la comunidad eclesial”. A modo de cierre, hizo una presentación del Estado de la Ciudad del Vaticano, la Santa Sede y el corpus jurídico.

Entre otros conceptos, el Arzobispo dejó en claro que las transformaciones a lo largo de la Historia no implican rupturas puesto que no puede negarse lo vivido sino que hay que asumir el pasado para poder avanzar. “Dios se revela progresivamente al ser humano, en la medida que el hombre pueda comprenderlo”, expresó.

Por su parte, el padre Mario González, abordó los orígenes del Derecho Canónico y los primeros intentos por la codificación de esta rama jurídica. Describió el impulso codificador por parte de los Sumos Pontífices a lo largo de los años, materializado o plasmado en el primer Código de Derecho Canónico de 1917, y su posterior reforma tras el Concilio Ecuménico Vaticano II, en 1983.
La licenciada Ruesjas fue quien presentó las fases del proceso de nulidad matrimonial. Explicó que para la Iglesia católica, el matrimonio no es algo privado, sino que tiene una dimensión natural y pública, tiene una especial relevancia tanto sustantiva como procesal. Aclaró además que la Iglesia católica ha ejercido desde su fundación esta potestad legislativa, administrativa y judicial sobre el matrimonio de los bautizados, ya que lo considera un derecho propio.

Brevemente, explicó las fases que se llevan adelante ante un pedido de nulidad. Resaltó que “un matrimonio in fieri es nulo cuando en su celebración operó un impedimento dirimente, un defecto o vicio del consentimiento, o un defecto de forma jurídica. Hizo foco en que “la declaración por un tribunal de la nulidad de un matrimonio implica el reconocimiento de que nunca hubo vínculo jurídico matrimonial. Es decir, se declara que no hubo contrato, que el matrimonio in fieri nunca existió. Y aclaró que “esto no significa que el matrimonio sea nulo porque así lo establezca la sentencia judicial, sino porque ya lo era desde su aparente constitución, con lo que el pronunciamiento judicial se limita a constatar la nulidad de forma únicamente declarativa”.

El último de los disertantes fue el doctor Cochia, quien presentó el proceso de nulidad matrimonial que es ahora más breve y se realiza ante el obispo. Destacó que estas modificaciones fueron introducidas por el Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus del Papa Francisco. Puntualizó que el mismo, mantiene como requisitos para su sustanciación, la causal de nulidad manifiesta y evidente y el consentimiento de ambos cónyuges, destacando la figura central del Obispo, como juez.
 
NOTA: Texto completo de la presentación de monseñor Stanovnik:
http://www.arzcorrientes.org.ar/vernoticia.php?id_new=4790

Foto: Prensa STJ


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